Una reforma de vivienda tributa al 10 % de IVA cuando la encarga un particular para su vivienda, el edificio tiene más de dos años y los materiales que aporta el contratista no superan el 40 % de la base imponible. Si no se cumple alguno de estos requisitos, se aplica el 21 %. En una reforma de 30.000 €, la diferencia supera los 3.000 €.
Requisitos para aplicar el IVA reducido del 10 %
- Destinatario particular: el cliente es una persona física que no actúa como empresario o profesional, o una comunidad de propietarios.
- Uso como vivienda: la obra se hace en una vivienda destinada a uso particular, propio o del inquilino.
- Antigüedad: la construcción o rehabilitación de la vivienda terminó al menos dos años antes de empezar la obra.
- Límite de materiales: el coste de los materiales que aporta quien ejecuta la obra no supera el 40 % de la base imponible.
Importante: el 10 % se aplica a la ejecución de la obra. Si compras tú los materiales directamente en una tienda, esa compra tributa al 21 %.
La regla del 40 %: ejemplo práctico
| Concepto | Caso A (cumple) | Caso B (no cumple) |
|---|---|---|
| Mano de obra | 6.000 € | 3.500 € |
| Materiales aportados por el reformista | 3.500 € | 6.000 € |
| Base imponible total | 9.500 € | 9.500 € |
| % de materiales | 36,8 % | 63,2 % |
| IVA aplicable | 10 % = 950 € | 21 % = 1.995 € |
| Total factura | 10.450 € | 11.495 € |
Por eso en las reformas con mucho material (cocinas con muebles y electrodomésticos, por ejemplo) a veces conviene que el cliente compre los electrodomésticos aparte: así el porcentaje de materiales de la obra baja del 40 %.
Qué se considera material y qué no
- Se consideran materiales los bienes que se incorporan a la obra: azulejos, sanitarios, tuberías, cables, pintura, muebles fijos.
- No se cuentan como materiales la mano de obra, el uso de maquinaria, los transportes ni la gestión de residuos.
- Los electrodomésticos y muebles no fijos suelen facturarse al 21 % aunque se instalen en la obra.
Qué debes pedir al reformista
- Una factura que desglose mano de obra y materiales.
- Que indique el tipo de IVA aplicado y la mención a la normativa del tipo reducido.
- En algunos casos, el contratista te pedirá una declaración firmada de que eres particular y la vivienda tiene más de dos años.
Errores frecuentes
- Pagar el 21 % por desconocimiento cuando se cumplen los requisitos.
- Aplicar el 10 % en un local comercial o en una vivienda de una empresa.
- Facturar los muebles de cocina y electrodomésticos como parte de la obra y superar el 40 %.
- Aceptar pagos sin factura: pierdes garantías y la posibilidad de deducciones fiscales.
Otros casos con IVA especial
| Caso | IVA habitual |
|---|---|
| Reforma de vivienda particular que cumple requisitos | 10 % |
| Reforma de local comercial u oficina | 21 % |
| Obras de accesibilidad para personas con movilidad reducida (rampas, ascensores) | 4 % en determinados supuestos |
| Materiales comprados directamente por el particular | 21 % |
| Rehabilitación de edificios que cumple los requisitos legales | 10 % |
Si estás calculando el coste total de tu obra, incluye también la tasa y el ICIO municipal: los explicamos en licencia de obra menor o mayor.
Preguntas frecuentes
¿Las reformas de una vivienda alquilada pueden ir al 10 %?
Sí, si el propietario es una persona física y la vivienda se destina a uso particular del inquilino. Si el arrendador es una empresa, se aplica el 21 %.
¿Y en una obra nueva o ampliación?
La construcción de viviendas tiene su propio régimen; esta regla se refiere a renovación y reparación de viviendas existentes.
¿Qué IVA tiene una reforma integral?
Normalmente el 10 %, si se cumplen los requisitos. Consulta el precio de una reforma integral para hacer tus cálculos.
Información orientativa basada en el artículo 91 de la Ley 37/1992 del IVA. Ante dudas concretas, consulta con un asesor fiscal.
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